CONDICIONES Y PLAZOS DE REGULARIZACION DE CONDUCTORES DE APLICACIONES EN DGI Y IMM.


La Dirección General Impositiva aprobó una resolución que define las condiciones para las plataformas y los choferes de las empresas Uber, Easy Go y Cabify. Según la resolución N° 1810/2017 a partir del 1° de mayo, estas empresas están obligadas a brindar información periódica a la DGI relativa a los chóferes y a los montos que operan, para lo cual deberán registrarse o nombrar un representante ante el organismo.


Por otra parte, la DGI estableció que los choferes también deberán inscribirse como empresas, para lo cual puso a disposición un instructivo con varias opciones de tributación. La referida información deberá presentarse en el mes subsiguiente al que prestaron los servicios de transporte, de acuerdo con las fechas previstas en el calendario general de vencimientos.

En cuanto a la IMM en Abril comenzaron a regir las nuevas exigencias para los vehículos que realizan viajes a través de Uber, Cabify y Easy. Los vehículos que se utilicen para esta actividad de transporte deberán estar empadronados en el departamento de Montevideo, tener una antigüedad máxima de 6 años desde el primer empadronamiento y ser tipo sedán o rural, en ambos casos de 4 o 5 puertas.

Además, la normativa exige que los vehículos tengan una capacidad para un total de 5 pasajeros incluido el conductor y medidas determinadas (largo 3,6 metros; ancho 1,6 metros; alto 1,40 metros); tener un motor de 1000 cc como mínimo y un baúl con capacidad mínima de 250 litros. Del mismo modo, deberán cumplir las condiciones sobre titularidad, así como los requisitos de la Ley 19.061 de Tránsito y Seguridad Vial de 2013 y sus decretos reglamentarios.

En cuanto a seguros, los vehículos deben contar con una cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual y de Responsabilidad Civil Pasajeros; cada una con límite de cobertura mínimo de hasta 1.500.000 UI por persona lesionada o muerta y de 3.000.000 UI como máximo. En tanto, los vehículos eléctricos propulsados 100% con energía eléctrica deberán tener una antigüedad máxima de hasta 10 años para poder prestar este servicio de transporte.

La IMM dió a los choferes de aplicaciones un plazo hasta el 31 de agosto, para realizar la regularización con esta normativa.