Un decreto gubernamental estableció hace tiempo que está prohibido el consumo o tenencia de alcohol, cannabis y cualquier otra sustancia psicoactiva en la jornada de trabajo.
Para evitar en consumo en el trabajo, la empresa debe acordar un protocolo, que establecerá los métodos de detección de drogas autorizados.
Esos controles deberán ser realizados por el servicio de salud o personal contratado, con conocimiento del delegado de salud (de existir), o representante sindical, quien podrá estar presente.
Los controles se realizarán a trabajadores que presenten los llamados «indicadores conductuales» de consumo, los que podrán ser separados de sus tareas para la realización de las pruebas por procedimientos no invasivos. De negarse el trabajador a la misma, no podrá volver a sus tareas hasta que no certifique estar en condiciones para hacerlo.
Si el resultado da positivo se suspenderà la jornada laboral del trabajador involucrado y el personal de salud actuante emitirà un informe firmado, con los datos del trabajador, procedimiento practicado, resultado de la prueba y recomendaciones derivadas del resultado.
Además este protocolo deberá tener instancias para sensibilizar, prevenir y capacitar al personal.