NUEVAS NORMAS CONTRA LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL AMBITO LABORAL

En el mes de Enero se publicó la Ley 19.849, que ratifica el Convenio Internacional de Trabajo con la OIT referido a la violencia y acoso en el trabajo.
La respectiva recomendación, tiene como objetivo fundamental promover el trabajo libre de violencia y acoso, respetando los derechos fundamentales y fomentando el trabajo seguro y decente. Específicamente detalla que se pretende asegurar un entorno laboral saludable, cualquiera sea el tipo de contrato convenido entre las partes.

Por otra parte,  la   norma   internacional   exhorta   a   establecer   medidas   concretas   con investigaciones efectivas, como también a aplicar controles específicos en las inspecciones.

En ese contexto, también se publicó en Enero la Ley 19.854, sobre la reserva de identidad de testigos y denunciantes durante las Inspecciones realizadas por la IGTSS (Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social).

Esta  ley  de  un   solo   artículo, regula  el  proceso   inspectivo  de   este   organismo  ante situaciones de acoso moral, discriminación en el ámbito laboral o afectación de la libertad sindical, otorgando amplias facultades de investigación a la Inspección. Se asegura un proceso individual y reservado a todas las personas que puedan vincularse con los hechos denunciados, quedando los datos personales relevados en un documento adjunto al expediente, a resguardo por un plazo de 5 años para el eventual caso de ser solicitados por la Justicia competente.