TELETRABAJO: GOBIERNO ESTABLECIÓ OBLIGACIONES E HIZO SUGERENCIAS.

Fué divulgada una FICHA TECNICA para realizar el TELETRABAJO, por parte de la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social, donde se establecen las condiciones que deben cumplirse para poder trabajar en esta modalidad. 
Entre las principales, la ficha afirma que “el teletrabajador debe tener el mismo nivel de protección que cualquier otro trabajador presencial de la empresa, conforme a la legislación vigente”. También establece el derecho a desconectarse del trabajador, mediante las medidas de prevención que garanticen sus tiempos de descanso, entre ellas el análisis de las condiciones de trabajo identificando posibles riesgos. 

En cuanto a los trabajadores, deben cumplir con lo estipulado en las normativa y demás disposiciones que regulen las condiciones de Seguridad e Higiene Laboral así como las normas internas de la empresa en la materia. 
También deben participar en los cursos de capacitación en salud y seguridad que organice la empresa dentro del horario de trabajo, y realizarse los exámenes médicos de acuerdo al riesgo al que están expuestos.
La Guía abunda en muchos otros detalles del Teletrabajo en forma de sugerencias prácticas.