PROYECTO DE INCLUSION LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Este importante proyecto de ley, también cuenta con media sanción parlamentaria. De acuerdo al artículo 1º del Proyecto, las empresas privadas, en cuyas planillas revisten 25 (veinticinco) o más  trabajadores, deberán emplear a personas  con discapacidad, en un porcentaje mínimo del 4% (cuatro por ciento) de la totalidad de sus trabajadores en todo nuevo ingreso que se genere a partir de la vigencia de la ley.

La discapacidad deberá ser certificada y para ello se aplicarán las  disposiciones  del artículo 49 de la Ley  Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010.