INCLUSION FINANCIERA: APERTURA DE LAS «CUENTAS SUELDO»   

  El Decreto del 28/09/15 estableció que los trabajadores podían elegir libremente a una institución de intermediación financiera o una institución emisora de dinero electrónico a través de la cual se realicen los pagos de las remuneraciones y otras prestaciones que tengan derecho a percibir.

Trabajador operando CAJERO automático

El plazo para hacerlo se fue  postergando, siendo la fecha límite este viernes 1º.de Octubre.  En caso de no haberlo hecho para esta fecha, será el empleador el que hará el trámite con previa notificación al empleado. En efecto, las empresas que al 1o. de Octubre no tengan a sus empleados con sus Cuentas Sueldo operativas, deben hacer un Convenio interno, por escrito, con su personal para seguir pagando en efectivo hasta el año próximo. Este acuerdo podrá revocarse en cualquier momento, a solicitud de una de las partes, también por escrito. 

En ese sentido, la ley establece que el plazo para pagar de esta forma, de acuerdo entre las partes, se extiende hasta el 30 de Abril de 2017. Por lo tanto a partir de Mayo del año próximo será obligatorio el pago de remuneraciones por medios electrٕónicos  (Cuenta Sueldo o IDE, Instrumento de Dinero Electrónico, la tarjeta Pre-paga).
Este plazo tiene la excepción de algunas localidades del interior chicas.

A su vez, quienes hoy cobran por bancos, podrán cambiar de institución a partir de 1 año, luego de la apertura de la Cuenta Sueldo.
Quienes ya cobraban con anterioridad por esta vía, podrán cambiarse de Banco en cualquier momento a partir del 1º.de Octubre, debiendo comunicar la decisión a su empleador con 1 mes de anterioridad. 
 
CARACTERISTICAS Y  MECANISMO DE LAS CUENTAS SUELDO

  • Este mecanismo de cobro rige tanto para sueldos, pasividades como beneficios sociales. 
  • El cobro se puede hacer tanto a través de un Banco con tarjeta de débito o mediante instrumentos de dinero electrónico como tarjetas prepagas. Es un mecanismo seguro y más cómodo, pudiendo retirar dinero o hacer pagos.
  • Debemos recordar que usar la tarjeta de débito para pagar comercios o servicios es más conveniente porque se descuentan 2 puntos de IVA.
  • Se accede a la Cuenta Sueldo, concurriendo a la institución elegida con la documentación correspondiente. Ahí entregarán un formulario para que el empleador lo complete y comience los pagos a través del nuevo sistema.
  • La ley obliga a las instituciones financieras a brindar el servicio de la Cuenta Sueldo como de Tarjetas prepagas en forma gratuita.  Tampoco tienen exigencias de saldos mínimos.
  • Se establecieron servicios mínimos que se deben ofrecer a los clientes de la Cuenta Sueldo que son 5 extracciones de dinero gratis por mes y 8 transferencias interbancarias de hasta 2.000 Unidades Indexadas (UI) -$ 6.969- por mes sin costo. 
  • Los Bancos podrán hacer ofertas mejores a ese mínimo de servicios gratuitos que establece la ley, debiendo abarcar a todos los trabajadores sin exclusiones.