EN OCTUBRE INICIA VIGENCIA DE NUEVA PLANILLA DE TRABAJO

A partir del 2 de Octubre estará vigente la nueva Planilla de Trabajo unificada de MTSS-BPS. Hacemos en esta nota una breve reseña de los cambios de interés.

Todas las altas de personal de las empresas de industria y comercio, construcción y rural se harán por el nuevo sistema unificado y MTSS dispondrá de la información en 24 horas.

IMPORTANTE

A partir de ahora todos los trabajadores que tengan contrato con BPS van a poder visualizar las condiciones de trabajo que tienen en la planilla.

  Las altas de los trabajadores deberán reeditarse especificando las condiciones de trabajo, como nuevo elemento. Es muy importante que al contratar un nuevo empleado tengamos presente el siguiente detalle necesario para altar al mismo a la nómina de la empresa.
Las condiciones de trabajo se dividen en 4 módulos:

1) Categoría del trabajador
Consistente con el cargo y categoría existente en cada grupo salarial.

2) Salario.
En esta parte se debe completar (respetando siempre el contrato de trabajo), la forma de remuneración (mensual, jornalero, destajista, etc.) y si la remuneración es confidencial o no.
Se deben especificar los componentes fijos  (Alimentación, vivienda, ticket alimentación y transporte, y otras formas de remuneración); y los componentes variables (Alimentación, $/ tonelada, $/ Kilómetro)  que integran la remuneración del trabajador.

3) Días de trabajo y horarios
Indicar si el horario del trabajador es habitual, flexible o rotativo.  
 También se debe especificar si la jornada es continua y discontinua, el horario de descanso y si se encuentra amparado por el Decreto 611/80 (el que exonera a las empresas a exonerar del pago de horas extras al personal superior y de confianza).
En los casos de los trabajadores con horario flexible o rotativo se debe indicar las particularidades del horario y sino agregar que se aclara en el Libro Único de Trabajo.
Para los casos de horario habitual se debe marcar los días y el horario de entrada y salida de cada uno en cada día de trabajo.

4) Nivel educativo (Opcional)
Este módulo con fines estadísticos es para indicar el nivel educativo del trabajador. En caso de no tener el dato no enviar nada para no generar datos erróneos. 

          CONSTANCIAS:
 Se emitirán 2 constancias que completan la correcta alta del empleado en la empresa:

1) Constancia de Alta de Actividad.

2) Constancia de Alta de Condiciones de trabajo.

        SANCIONES:
Serán establecidas a partir de Marzo del 2018, mediante cronograma oportunamente comunicado por el BPS, con los plazos para que las empresas se puedan actualizar.