El BPS limitó hace un tiempo las retrocertificaciones médicas a los siguientes casos:
1) Internación. 2) Médico a domicilio (no podrá superar las 48 horas). 3) Origen oncológico (no por primera vez). 4) Origen fractura traumática (no por primera vez).
El resto de las retrocertificaciones no será admitida por el Banco de Previsión Social.