Mediante la Ley No. 19.905 de Setiembre de este año, se estableció el uso obligatorio de máscaras de prevención facial para prevención de contagios (tapabocas), que permitan la lectura de labios.
Este dispositivo, llamado «inclusivo» porque es adecuado a la comprensión de personas sordas, deberá ser usado por los que atiendan presencialmente o a distancia a personas que necesiten la comunicación visual comprensiva, en cualquier entidad privada o pública.
Finalmente, la Ley determinó que se reglamentará el No. mínimo de estos dispositivos que deberán estar presente en las empresas, instituciones u oficinas referidas.